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Milei modificó por decreto el sistema para designar jueces de la Corte Suprema

La administración del presidente Javier Milei oficializó este lunes una profunda modificación en el procedimiento para la selección de candidatos a jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La medida, instrumentada mediante decreto, introduce cambios al régimen establecido en 2003 durante la presidencia de Néstor Kirchner y redefine los criterios que el Poder Ejecutivo deberá considerar al momento de proponer postulantes para el máximo tribunal.

La reforma se produce en un contexto de fuerte debate sobre la integración de la Corte Suprema y luego de las controversias generadas por los intentos del Gobierno de cubrir vacantes en el tribunal mediante designaciones en comisión.

Qué cambia en el sistema de selección

Entre las modificaciones más relevantes figura la eliminación de las recomendaciones que instaban al Poder Ejecutivo a contemplar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de proponer candidatos para la Corte Suprema. Hasta ahora, esas pautas buscaban garantizar una composición más representativa del máximo tribunal.

Además, el decreto suprime algunas de las instancias de publicidad y participación ciudadana que formaban parte del procedimiento vigente desde hace más de dos décadas. Entre ellas, deja de ser obligatoria la publicación de antecedentes de los postulantes en diarios de circulación nacional y elimina la etapa formal de recepción de observaciones e impugnaciones por parte de organizaciones de la sociedad civil ante el Ministerio de Justicia.

El nuevo esquema también incorpora plazos más acotados para distintos trámites administrativos vinculados a la evaluación patrimonial y fiscal de los candidatos, con el objetivo de agilizar los procesos de designación.

El argumento del Gobierno

Desde la Casa Rosada sostienen que los cambios buscan modernizar y simplificar un procedimiento que consideran excesivamente burocrático. Según la interpretación oficial, los requisitos eliminados tenían carácter orientativo y no constituían exigencias constitucionales para la selección de magistrados.

La decisión se inscribe además en la estrategia del Ejecutivo para avanzar en la cobertura de vacantes judiciales y en la reconfiguración del sistema de justicia, uno de los ejes planteados por el Gobierno desde el inicio de la gestión.

Críticas y cuestionamientos

La medida ya genera cuestionamientos entre especialistas y sectores de la oposición, que advierten sobre una posible reducción de los mecanismos de transparencia y control ciudadano en la selección de los integrantes de la Corte Suprema.

Diversas organizaciones jurídicas recuerdan que el régimen instaurado por el Decreto 222/2003 había sido concebido precisamente para ampliar la publicidad de los procesos de designación y permitir que la sociedad civil pudiera expresar apoyos u objeciones respecto de los candidatos propuestos.

En este escenario, el nuevo decreto abre un nuevo capítulo en la discusión sobre el funcionamiento de la Justicia argentina y el equilibrio entre la facultad presidencial de proponer jueces y los mecanismos destinados a garantizar transparencia y legitimidad institucional en la integración del máximo tribunal del país.