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Escrache a los jueces de la Corte por la Ley de Tierras: «No los tenemos que dejar caminar por la calle»

El rechazo al fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto las restricciones a la venta de tierras rurales a extranjeros llegó al sur del país, precisamente a San Martín de los Andes, donde vecinos autoconvocados, organizaciones sociales y gremios protagonizaron un escrache contra los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. «No los tenemos que dejar caminar por la calle», lanzó el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, durante la protesta. Al mismo tiempo, distintos bloques opositores avanzaron con una convocatoria a sesión especial en la Cámara de Diputados de la Nación para el 15 de octubre, con el objetivo de tratar el rechazo definitivo al DNU 70/2023, que ya fue rechazado por el Senado.

El fallo del máximo tribunal, dictado el 29 de septiembre, reactivó una controversia de fondo sobre la soberanía territorial y el control nacional de los recursos estratégicos. Aunque los jueces argumentaron que su decisión se limitó a una cuestión procesal –la falta de legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata para impulsar una acción colectiva–, el efecto concreto fue dejar nuevamente vigentes las disposiciones del decreto de Javier Milei que derogaron la Ley de Tierras Rurales.

La norma establecía un límite del 15% a la titularidad extranjera de tierras rurales en los niveles nacional, provincial y departamental, además de restricciones según la nacionalidad de los compradores y para determinados territorios fronterizos o vinculados con grandes cuerpos de agua. Con la derogación, esas barreras dejaron de regir, al menos mientras no prospere una nueva impugnación judicial o una respuesta legislativa.

Un escrache y una reacción política

La presencia de los tres integrantes de la Corte en San Martín de los Andes, donde participaban de un encuentro de representantes de Tribunales Orales Federales, motivó la movilización de organizaciones como ATE, ATEN, Patria Grande y el Partido Obrero, junto con vecinos que se acercaron por su cuenta. La concentración se realizó frente al hotel donde tenía lugar la actividad, entre las 17 y las 19, bajo un operativo policial que incluyó efectivos de la Policía de Neuquén y de Gendarmería Nacional.

«Estos tres tipos son unos cobardes, no los tenemos que dejar caminar por la calle. No los votó nadie y, sin embargo, están entregando la soberanía sobre la tierra que es de todos los argentinos», sostuvo Aguiar antes de la marcha.

La protesta callejera tuvo su correlato institucional. Diputados de Unión por la Patria, Encuentro Federal, Provincias Unidas, la izquierda y la Coalición Cívica solicitaron una sesión especial para el jueves 15 de octubre a las 14. Entre los puntos del temario figuran el tratamiento del DNU 70/2023, iniciativas vinculadas con el endeudamiento familiar y la prórroga de la emergencia nacional en discapacidad hasta fines de 2027.

El objetivo de avanzar contra el decreto excede la cuestión de las tierras: el DNU firmado en diciembre de 2023 modificó o derogó numerosas normas y continúa vigente porque, aunque fue rechazado por el Senado en marzo de 2024, todavía no recibió el rechazo de la Cámara de Diputados. La oposición busca completar ese trámite para dejarlo sin efecto.

La fecha elegida coincide, además, con una nueva marcha federal universitaria, convocada en medio de la disputa por el financiamiento de las universidades públicas. La coincidencia reúne en una misma jornada varios de los conflictos abiertos entre el Gobierno y distintos sectores sociales.

La ventana de oportunidad y los negocios bajo la lupa

Mientras se organiza la respuesta política y judicial, la oposición sigue con atención los posibles negocios que puedan concretarse por estas horas al amparo de la desregulación del mercado de tierras rurales. La preocupación se concentra en la ventana de oportunidad que abrió el fallo: la derogación de las restricciones vuelve a facilitar operaciones con compradores extranjeros, incluso sobre superficies ubicadas en zonas de frontera o vinculadas con recursos estratégicos.

El punto central es que la Corte no declaró constitucional la derogación de la Ley de Tierras, pero tampoco resolvió el planteo de fondo que cuestiona esa medida. Su decisión se limitó a rechazar la legitimación del CECIM para promover aquella acción colectiva. Esa diferencia jurídica no elimina los efectos prácticos de la sentencia ni la incertidumbre sobre las operaciones que puedan avanzar mientras se aguarda una nueva definición.

Por eso, la atención opositora está puesta tanto en las herramientas legislativas para frenar el DNU como en el seguimiento de eventuales compraventas que puedan formalizarse durante este período. Una derogación posterior del decreto abriría un nuevo escenario normativo, pero no corresponde dar por sentado que resolvería automáticamente la situación de todas las operaciones realizadas con anterioridad: sus consecuencias dependerían de las normas aplicables y de cada caso.

El antecedente político también pesa. El Gobierno había intentado avanzar con una flexibilización del régimen de tierras, pero debió retirar esa iniciativa frente al rechazo que despertó. Ahora, la decisión judicial volvió a colocar el tema en el centro de la discusión pública y reabrió el debate sobre quién puede adquirir territorio argentino y bajo qué condiciones.

Una aclaración inédita de la Corte

La repercusión del fallo fue tal que la propia Corte Suprema difundió un comunicado para explicar su alcance y «despejar dudas» ante la opinión pública. La intervención resulta llamativa: en medio de una fuerte controversia institucional, el máximo tribunal consideró necesario salir a defender públicamente una sentencia que había generado cuestionamientos por sus consecuencias.

En el texto, los jueces insistieron en que «solo se decidió un aspecto procesal» y afirmaron que la resolución no afecta otras medidas cautelares sobre la misma cuestión que se encuentran en trámite en distintos tribunales. También remarcaron que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen vigente puede solicitar una medida cautelar y que el Congreso conserva sus atribuciones para tratar el DNU.

La Corte cuestionó, además, los «discursos de odio y descalificación» y sostuvo que las críticas deben canalizarse sin deteriorar las instituciones democráticas. Sin embargo, el comunicado no modificó el resultado concreto de la sentencia: las restricciones que imponía la Ley de Tierras quedaron sin efecto a partir de la vigencia de la derogación dispuesta por el decreto presidencial.

El tribunal también dejó expresamente asentado que todavía no tiene una posición definida sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 y que se pronunciará cuando lleguen los reclamos correspondientes.

Esa aclaración deja planteada una paradoja: la Corte sostiene que no resolvió la cuestión de fondo, pero su fallo produjo consecuencias inmediatas sobre un régimen que protegía la titularidad nacional de las tierras rurales. Mientras la Justicia espera nuevos planteos, el Congreso vuelve a quedar ante la posibilidad de intervenir y la sociedad observa qué operaciones pueden concretarse bajo las reglas actuales.

La discusión, en definitiva, ya no se limita a una disputa procesal entre una asociación de excombatientes y el Estado. Pone en juego el alcance de las facultades presidenciales para modificar normas por decreto, el papel del Congreso frente a esas decisiones y la protección de un recurso estratégico como la tierra. En ese escenario, la protesta de San Martín de los Andes y la ofensiva parlamentaria expresan dos frentes de una misma controversia que sigue abierta.